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ORDEN EHA-0769-2010, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 349 DE DECLARACIÓN RECAPITULATIVA DE OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS

Disposiciones

Artículo 1: Aprobación del modelo 349.

1. Se aprueba el modelo 349.

2. Serán igualmente válidas, las declaraciones que se realicen con el módulo de impresión elaborado por la AEAT.

Artículo 2: Obligados a presentar la declaración

Los empresarios y profesionales que realicen:

a) EB a otros EM exentas (art. 25 LIVA: Exenciones en las EB a otros EM)

Quedarán excluidas de la declaración:

– Entregas de medios de transporte nuevos realizadas a título ocasional …

        – Entregas realizadas por SP para destinatarios que no tengan atribuido NIF IVA

b) AIB

c) Prestaciones intracomunitarias de servicios

d) Adquisiciones intracomunitarias de servicios

e) Entregas subsiguientes a las AIB

Artículo 3: Aprobación de los diseños físicos y lógicos

1. Se aprueban los diseños físicos y lógicos a los que deberán ajustar los ficheros que contenga la información.

AEAT: Modelo 349, Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

2 .En todo caso, la información contenida deberá haber sido validada con carácter previo a su presentación, utilizando el programa de validación elaborado por la AEAT.

3. Cuando el fichero haya sido generado mediante el Programa de Ayuda elaborado por la AEAT, no será precios efectuar la mencionada validación previa.

Modificados por la Orden EHA-1721-2011 y por la Orden HAP-2215-2013

Artículo 4: Formas de presentación

a) Las declaraciones de S.A., S.L. o G.E.: por vía telemática (y que no contengan más de 5 millones de registros).

b) El resto de SP:

– En impreso en papel (siempre que la declaración tenga menos de 15 registros)

– Por vía telemática

c) Las declaraciones que contengan más de 5 millones de registros: en soporte directamente legible por ordenador.

Artículo 5: Lugar y procedimiento de presentación del modelo IMPRESO

En la delegación de la AEAT correspondiente al domicilio del OT.

Artículo 6: Lugar y procedimiento de presentación del modelo EN SOPORTE directamente legible por ordenador

1. En la delegación de la AEAT correspondiente al domicilio del OT.

2. Todas estas presentaciones serán provisionales, a resultas de su proceso y comprobación.

3.

Artículo 7: Identificación de los soportes directamente legibles por ordenador

1. Deberán tener una etiqueta adherida, donde se hará constar: …

2.

Artículo 8: Condiciones generales para la presentación telemática

1. Podrá realizarse por el declarante o por un representante.

2. Condiciones:

– Nif

– Certificado electrónico

– Utilizar previamente un programa de ayuda para obtener el fichero

– Transmisión en la sede electrónica

3.

4. Si por razones técnicas no fuese posible realizar el ingreso, podrá efectuarse durante los 3 días naturales siguientes.

Artículo 9: Procedimiento para la presentación telemática por Internet

– Conectarse a la sede electrónica

– Transmitir y firmar la declaración

– Validación de los datos suministrados e información individualizada de los errores detectados.

Artículo 10: Plazo de presentación

1. Mensual: Con carácter general

2. Trimestral: cuando ni durante el trimestre de referencia ni en cada uno de los cuatro trimestres anteriores el importe total de las EB y PS que deban declararse sea superior a 100.000€ – 50.000€ a partir de 2011

3. Anual: cuando

a) El importe total de EB y PS < ó = 35.000

b) El importe total de las EB a otros EM exentas < ó = 15.000

Otras Disposiciones

Transitoria única: Umbral de declaración

El umbral para la declaración será de 100.000€ para 2010 y 2011, y de 50.000€ en adelante.

Derogatoria única

1. Se deroga la anterior orden que aprobaba el modelo: HAC/360/2002

2.

3.

Final primera: Modificación de la orden que regula el modelo 309

1. Se modifica el apartado 2 del artículo 1: Este modelo (309) será presentado por …

Final segunda: Modificación de la orden que regula el modelo 303

Para que en el ejemplar para la entidad colaboradora sólo aparezcan los datos identificativos del declarante.

Final tercera: Modificación de la orden… para la presentación por teleproceso…

Final cuarta: Entrada en vigor.

30 de marzo de 2010

  • Boe: Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, y se modifica la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, y otras normas tributarias.
  • AEAT: Modelo 349, Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

Acerca de Pablo López Villanueva

Economista

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