El artículo 91 del RDL 02-2004 (TRLRHHLL), prevé que las competencias en materia de inspección del IAE puedan ser delegadas en otras entidades.
Esta delegación de competencias está regulada en el RD 0243-1995, y la habilitación al Ministro de Hacienda en el RD 1823-2011, y en virtud de ambas normas, mediante esta Orden se delega la inspección del IAE a determinados ayuntamientos y diputaciones.
- BOE: Orden HAP/2817/2012, de 21 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.
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